Aunque la tasa agregada de divorcios entre los estadounidenses ha disminuido en las últimas décadas, ha habido un aumento simultáneo y dramático en el número de divorcios para parejas mayores de 50 años.
Este aumento de los llamados divorcios grises ha creado una serie de problemas poco comunes y complejos para los clientes. Dividir una cuenta IRA, por ejemplo, es bastante sencillo, pero el asunto se vuelve mucho más complicado para las cuentas que tienen distribuciones 72(t) en curso.
A veces, los problemas de flujo de efectivo, o menos comúnmente una jubilación anticipada, pueden haber llevado a uno o ambos cónyuges a aprovechar los activos de IRA antes de cumplir los 59 años y medio, a través del uso de pagos anuales especialmente programados, comúnmente llamados distribuciones 72(t). Si las cuentas de esas distribuciones que se toman se dividen como parte de los procedimientos de divorcio, pueden exacerbar una situación ya complicada.
En particular, no hay orientación formal del IRS sobre el asunto, y prácticamente toda la orientación informal disponible, a través de resoluciones de cartas privadas que se ponen a disposición del público, entra en conflicto directo en algunos casos con la orientación formal limitada del IRS sobre las distribuciones 72(t).
Es decir, corresponde a los asesores que trabajan con clientes que se acercan a la jubilación y buscan el divorcio comprender las implicaciones de esa separación legal en los fondos de jubilación, fondos que pueden sufrir un agotamiento rápido y repentino si la planificación no se hace con cuidado.
El Congreso creó la IRA, junto con las cuentas de jubilación 401(k), 403 (b) y otras cuentas de jubilación favorecidas por impuestos, para abordar la necesidad específica de ahorrar suficiente dinero durante los años de trabajo para poder mantenerse durante la jubilación.
Para alentar a la gente a usar realmente estos fondos para su propósito previsto, el Congreso adjuntó una cadena al dinero. Más específicamente, a través de la Sección 72(t)(1) del IRC, las distribuciones de cuentas IRA no solo están sujetas al impuesto sobre la renta habitual, sino también a una multa del 10%, a menos que existan una o más excepciones.
La primera excepción proporcionada por la Sección 72(t)(2)(A)(i) del IRC es más la regla, ya que permite que el propietario de una cuenta IRA tome distribuciones de su cuenta IRA después de cumplir 59 años y medio sin penalización. A los ojos del Congreso, esta era una edad apropiada para considerar a alguien jubilado o al menos lo suficientemente cercano, y por lo tanto, capaz de usar sus ahorros de IRA para el propósito previsto.
El Congreso también entendió que de vez en cuando, las personas pueden poner dinero en cuentas de jubilación y, por una razón u otra, necesitan acceder a algunos o todos esos fondos antes de alcanzar la edad de jubilación. Elaboraron una serie de otras excepciones limitadas a la regla general, lo que el Congreso consideró razones permisibles para romper el pacto de «Estoy guardando este dinero para la jubilación».
Estas excepciones limitadas a la penalización del 10% incluyen, entre otras::
- Distribuciones a beneficiarios después de la muerte de un propietario;
- Distribuciones a propietarios de IRA que se consideran discapacitados, aunque deben ser «incapaces de participar en cualquier actividad lucrativa sustancial» debido a un «impedimento físico o mental médicamente determinable» que se espera dure indefinidamente o resulte en la muerte, como se define en la Sección 72(m del IRC)(7);
- Distribuciones hechas a cuenta de un impuesto del IRS;
- Distribuciones para gastos médicos superiores al 10% del ingreso bruto ajustado del propietario de la IRA;
- Distribuciones utilizadas para pagar gastos calificados de educación superior del propietario de la IRA u otras personas calificadas; y distribuciones
- de hasta 1 10,000, que se utilizan para comprar una casa por primera vez.
El Congreso también incluyó una excepción más amplia a la regla de la multa del 10% que permite a las personas usar una cantidad limitada de dólares de jubilación para una jubilación anticipada, o al menos tomar retiros anticipados continuos como si la persona estuviera en jubilación anticipada.
Esta excepción se refiere a distribuciones que son «parte de una serie de pagos periódicos sustancialmente iguales (no menos frecuentes que anualmente) realizados por la vida (o esperanza de vida) del empleado o por la vida (o esperanza de vida conjunta) de dicho empleado y su beneficiario designado.»Estas distribuciones se denominan 72(t) y están exentas de la penalización por retiro anticipado del 10% por la Sección 72(t)(2)(A)(iv) del IRC. Además de las cuentas IRA, estos horarios de distribución 72(t) también se pueden establecer para los planes de la compañía después de que un empleado se haya separado del servicio.
La Sección 72(t)(4) del IRC establece además que para mantener la naturaleza libre de multas de las distribuciones 72(t) una vez que comiencen, deben continuar sin modificaciones por un período más largo de cinco años o hasta que el propietario de la IRA cumpla 59 ½ años.
Si se produce una modificación antes de que se permita la terminación de las distribuciones de 72(t), la multa por retiro anticipado del 10% se evalúa retroactivamente en todas las distribuciones de 72(t) previamente libres de penalizaciones tomadas antes de que el propietario de la cuenta IRA cumpla 59 años y medio, más una multa por intereses atrasados en las multas mismas por no haberlas pagado en el año original.
MODIFICACIONES?
A pesar de la importancia obvia de evitar una modificación para aquellos que usan distribuciones 72(t) para aprovechar los fondos de jubilación anticipadamente, prácticamente no hay nada en el Código de Impuestos Internos, ni en las Regulaciones del Tesoro, que describa adecuadamente lo que, exactamente, constituye una modificación. En cambio, la mayor parte de la información que tenemos sobre las modificaciones, y de hecho las reglas 72(t) en general, proviene de la Norma de Ingresos 2002-62.
Secciones 2(.01) a), 2 (.01) b) y 2 (.01) (c) de esta resolución establece que los pagos 72(t) generalmente deben calcularse utilizando uno de los tres métodos aprobados por el IRS. La agencia también ha autorizado otros métodos de distribución por contribuyentes específicos a través de Resoluciones de Cartas Privadas, o PLR, como PLR 200943044.
Los tres métodos descritos por la revenue ruling son el método de amortización fija, el método de anualización fija y la distribución mínima requerida, o RMD, método.
Revenue Ruling 2002-62 explica además que una vez que se calcula un pago inicial de 72(t) utilizando el método de amortización fija o de anuización fija, «el pago anual es la misma cantidad en cada año siguiente.»Por lo tanto, cualquier cambio en el monto de la distribución de un año al siguiente se consideraría una modificación y activaría la evaluación retroactiva de la multa del 10% a todas las distribuciones 72(t) anteriores realizadas antes de que el propietario de la cuenta cumpliera 59 ½ años.
Cuando se utiliza el método RMD, los pagos 72 (t) se calculan utilizando una fórmula similar a la forma en que se calculan las RMD para los propietarios de cuentas IRA a los 70 años y medio, dividiendo el saldo de la cuenta corriente por la esperanza de vida del propietario de cuentas IRA en ese año. Como tal, los pagos anuales determinados utilizando este método pueden variar, y generalmente variarán, dado que se vuelven a calcular cada año.
Los pagos determinados por el método RMD, sin embargo, deben calcularse de acuerdo con las normas prescritas. Por ejemplo, si en la sección de cálculo se utilizó un factor de esperanza de vida incorrecto o un equilibrio irrazonable (.02) (d) de la Resolución de Ingresos 2002-62 proporciona una flexibilidad significativa al seleccionar un saldo razonable — una modificación podría ocurrir, una vez más, desencadenando multas retroactivas del 10% en distribuciones anteriores al 59 ½ 72(t).
Debido a que el método RMD casi siempre produce los pagos acumulativos de 72(t) más bajos, rara vez debería usarse como método inicial de cálculo de distribuciones, ya que el objetivo principal generalmente es crear el pago de 72(t) más grande posible a partir del saldo de cuenta más pequeño posible. Sin embargo, el Reglamento de ingresos 2002-62 permite cambiar una sola vez del método de anualización o amortización al método RMD. Esto puede ser útil cuando ya no se necesitan pagos 72(t), pero se deben seguir tomando para evitar modificaciones.
Sección 2(.02) (e) de la Resolución de Ingresos 2002-62 proporciona orientación adicional sobre las modificaciones, declarando:
» Por lo tanto, se producirá una modificación de la serie de pagos si, después de dicha fecha, hay (i) cualquier adición al saldo de la cuenta que no sea ganancias o pérdidas, (ii) cualquier transferencia no imponible de una parte del saldo de la cuenta a otro plan de jubilación, o (iii) una transferencia por parte del contribuyente de la cantidad recibida que resulte en que dicha cantidad no sea imponible.»
En términos más simples, una vez que se ha iniciado un plan de pago 72(t), el propietario de una cuenta IRA debe cumplir ambos requisitos para evitar modificaciones:
- Continuar tomando los mismos pagos anuales — o en el caso del método RMD, calcularse y distribuirse correctamente-hasta la finalización del cronograma 72(t); y
- Evitar cualquier cambio en el saldo o saldos de la cuenta en los que se calcularon los pagos 72(t), que no sean cambios a través de ganancias o pérdidas dentro de la cuenta y, por supuesto, por las propias distribuciones 72(t).
Y de nuevo, si un individuo no cumple con uno de estos requisitos, la multa del 10% se aplicará a todos los pagos de 72(t) que se tomaron antes de que el individuo cumpla 59 ½ años, lo que puede resultar en algunas multas muy severas.
Ejemplo No. 1: Chris, que cumplió 57 años el 10 de julio de 2019, comenzó a tomar distribuciones anuales de 72(t) de $10,000 de su única cuenta IRA en 2015, a la edad de 53 años. El 1 de agosto de 2019, la casa de Chris fue dañada por una inundación.
Chris, que no tenía seguro contra inundaciones ni una reserva de emergencia adecuada para cuentas sin retiro, se vio obligado a tomar 1 15,000 adicionales de su cuenta IRA para pagar las reparaciones por inundaciones. Debido a que esta distribución adicional ocurrió antes de que Chris alcanzara los 59 años y medio, creó una modificación del horario de 72(t).
Como resultado, la penalización por distribución anticipada del 10% se evaluará retroactivamente en todos los pagos anteriores a 59 ½ 72(t) de Chris. Por lo tanto, Chris recibirá una multa retroactiva de $10,000 x 10% = penalty 1,000 más intereses, por cada uno de los pagos de 72(t) realizados en 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019, además de la multa de 1 15,000 x 10% = penalty 1,500 por la distribución realizada en 2019 después de la inundación, por una multa total de 6 6,500 más intereses.
En El Ejemplo No. 1 anterior, al tomar una distribución adicional fuera del horario de 72(t), Chris no siguió la regla que le exigía continuar recibiendo el mismo pago anual, lo que desencadenó la penalización del 10% en todos los pagos recibidos desde que aún no había cumplido los 59 años y medio, a pesar de que continuó recibiendo los pagos en sí. Esto se debe a que cualquier distribución adicional de una cuenta IRA que realice distribuciones 72(t) se trata como una modificación de todo el programa de distribución.
Ejemplo No 2: Janet, que cumplió 61 años el 2 de septiembre de 2019, comenzó a tomar distribuciones anuales de 72(t) de 1 12,000 de su única cuenta IRA en enero de 2016 después de perder su trabajo a los 58 años. En 2017, Janet encontró un nuevo empleo, pero ha seguido tomando correctamente su distribución de 7 12,000 72(t) cada año.
Janet se jubiló en junio de 2019, momento en el que había acumulado $17,000 en el plan 401(k) de su nuevo empleador. Queriendo simplificar su vida al comenzar su jubilación, Janet incorporó el saldo 401(k) a su cuenta IRA, creando una modificación, es decir, un cambio en el valor de la cuenta que no sea a través de ganancias, pérdidas o pagos 72(t), del cronograma 72(t) antes de pasar los cinco años. En consecuencia, la multa de distribución anticipada del 10% se aplicará a todos los pagos de ½ 72(t) anteriores a los 59 años de Janet.
Janet recibirá una multa retroactiva de 1 12,000 x 10% = penalty 1,200, más intereses, por sus distribuciones de enero de 2016, 2017 y 2018, por una multa total de 3 3,600 más intereses. Tenga en cuenta que no se evaluaría retroactivamente ninguna multa del 10% para la distribución de Janet en 2019, ya que ya tenía más de 59 ½ en ese momento.
En este ejemplo, Janet no siguió la regla que le exigía evitar cambios en el saldo de la cuenta cuando transfirió su saldo 401 (k) a la cuenta IRA de la que estaba tomando los pagos de 72(t). Esto resultó en que tres de sus cuatro pagos de 72(t), es decir, los que se tomaron antes de cumplir 59½, estuvieran sujetos a la multa del 10%.
Si Janet hubiera esperado hasta febrero de 2021 para transferir su saldo 401(k) a su cuenta IRA, o simplemente hubiera transferido el saldo a una cuenta IRA separada que no estuviera sujeta a un calendario de pagos 72(t), habría evitado crear una modificación y las multas retroactivas asociadas.
DIVIDIR UNA CUENTA IRA
Una pregunta interesante comienza a surgir cuando consideramos las reglas 72 (t) en el contexto del divorcio: ¿Cómo dividir una cuenta desde la que se realizan pagos 72(t) sin activar una modificación?
Para apreciar completamente las complejidades y los desafíos prácticos que presenta tal situación, es necesario comprender las reglas básicas para dividir una cuenta IRA en divorcio en primer lugar.
A diferencia de los planes de jubilación calificados como 401(k) y los planes de pensiones de beneficios definidos que deben dividirse a través de una orden de relaciones domésticas calificada, o QDRO, las IRA se dividen de acuerdo con decretos de divorcio o acuerdos de separación matrimonial, o MSA. Una vez que dicho documento ha sido aprobado de acuerdo con la ley estatal, se puede presentar al custodio de la IRA.
A partir de ahí, el custodio de la IRA transferirá la porción del saldo de la IRA aprobada por el decreto de divorcio/MSA del propietario actual de la IRA como una transferencia no imponible a una cuenta de IRA a nombre del ex cónyuge.
El ex cónyuge que recibe los fondos generalmente debe completar el papeleo de la nueva cuenta con el custodio que divide la cuenta IRA, si dicha cuenta no existe ya. Posteriormente, si el ex cónyuge receptor quiere cambiar de custodios, puede ejecutar una transferencia o reinversión de los fondos dentro de su propia cuenta IRA.
Las personas que reciben fondos de una IRA en virtud de un divorcio deben comprender completamente que no hay excepción a la multa del 10% por distribuciones de una IRA debido al divorcio. Por lo tanto, si bien la división real de la IRA no resulta en la imposición de un impuesto o una multa, las distribuciones del cónyuge receptor de su propia IRA después de que se produzca la transferencia están sujetas a la multa por retiro anticipado del 10% si el cónyuge receptor aún no tiene 59½, o a menos que se aplique una excepción específica a la multa por retiro anticipado del 10%.
A menudo, esto sorprende a las personas, especialmente a aquellos que también pueden recibir fondos calificados del plan de conformidad con una QDRO, ya que dichos fondos que luego se distribuyen desde el mismo plan, es decir, no se transfieren a otro plan o IRA, están exentos de la multa del 10%.
Pero dado que, como se señaló anteriormente, las cuentas IRA no se dividen a través de una QDRO, la excepción QDRO nunca se aplica a las distribuciones de cuentas IRA.
Por lo tanto, en el caso de que un ex cónyuge receptor desee tomar una distribución de parte o la totalidad de sus fondos de IRA recién adquiridos de su MSA o decreto de divorcio sin incurrir en la multa del 10%, debe tener 59 ½ o calificar para una de las excepciones a la multa del 10% que se aplican a las IRA, incluida la opción de establecer un calendario de pagos 72(t).
IRA Y PAGOS 72(T)
Recordamos que cuando las IRA se dividen en virtud de un divorcio, el ex cónyuge receptor obtiene su parte del saldo de IRA a través de una transferencia no imponible del propietario original. Y ahora considere que la Sección 2 (.02) (e) de la Resolución de Ingresos 2002-62, en términos inequívocos, establece:
» occur se producirá una modificación de la serie de pagos si, después de dicha fecha, hay (i) cualquier adición al saldo de la cuenta que no sea ganancias o pérdidas (ii) cualquier transferencia no imponible de una parte del saldo de la cuenta a otro plan de jubilación.»
Francamente, eso es lo más sencillo posible cuando se trata de reglas fiscales. La sentencia de ingresos dice literalmente que cualquier transferencia no gravable de una parte de la cuenta es una modificación. Es evidente que una transferencia no gravable de una parte del saldo de una cuenta iría en contra de esa regla y, por lo tanto, activaría una modificación, ¿verdad?
No tan rápido.
Increíblemente, parece que cuando el IRS redactado el Revenue Ruling 2002-62, los autores simplemente no se contempla que una persona que recibe 72(t) pagos de una cuenta IRA puede divorciar y que, como parte de ese divorcio, puede ser necesario para transferir una parte de su IRA saldo a su ex-cónyuge. Después de todo, ¿realmente querrían desencadenar montos retroactivos de multa del 10%, más intereses, en un individuo simplemente porque estaban cumpliendo con una división de bienes ordenada por un tribunal estatal? Probable.
Pero cuando una sentencia de ingresos dice que cualquier transferencia no imponible crea una modificación y usted tiene que hacer dicha transferencia, y no hay ninguna guía adicional que lo lleve a creer que hay excepciones a esta regla, ¿qué debe hacer una persona?
RESOLUCIONES DE CARTAS PRIVADAS
En varios casos de contribuyentes, la respuesta para averiguar cómo lidiar con una transferencia no imponible de activos de IRA a un ex cónyuge debido a una resolución de divorcio terminó siendo una resolución de cartas privadas, o PLR. Estos son como un mini caso de la corte de impuestos, en el que un contribuyente argumenta su posición por escrito al IRS, y luego el IRS decide cómo tratar la situación.
Además, en un esfuerzo por promover la transparencia, el IRS hace pública su respuesta poco después de informar al contribuyente de su decisión, menos la redacción de alguna información de identificación personal potencial.
Técnicamente, nadie más que el contribuyente que lo recibe puede confiar en un derecho de préstamo público. Pero cuando las resoluciones del IRS son consistentes sobre el mismo o similar asunto durante un período de tiempo, pueden ser una buena indicación de cómo el IRS probablemente trataría otro asunto con un conjunto similar de hechos y circunstancias.
En un mundo perfecto, todos los contribuyentes afectados buscarían su propio derecho de préstamo público antes de la división desencadenada por el divorcio de una cuenta IRA de la que se están realizando pagos 72(t). Pero eso no sucederá, ya que a pesar de que la recepción de tal resolución daría a los contribuyentes una respuesta definitiva sobre cómo vería el IRS su situación, el proceso de préstamo público consume mucho tiempo y es costoso.
De principio a fin, todo el proceso puede durar un año o más, y las tarifas del IRS para los PLR, que varían según el tipo de resolución solicitada, pueden exceder fácilmente los $10,000. Eso es antes de agregar honorarios profesionales a un contador o abogado que prepare el fallo, lo que puede duplicar el costo total.
No es sorprendente que pocos contribuyentes estén dispuestos a gastar ese tipo de tiempo y dinero, particularmente durante un divorcio, cuando el tiempo y el dinero a menudo escasean. La buena noticia es que ha habido suficientes resoluciones sobre el asunto para proporcionar una buena medición de la posición del IRS, en la medida en que muchos profesionales de impuestos y custodios ahora consideran innecesario un derecho de préstamo público.
Además, en respuesta a las solicitudes de derecho de préstamo público relacionadas con el tratamiento de la división de cuentas IRA de las que se realizan pagos 72(t), el IRS ha sido bastante complaciente con el cedente y el cesionario.
Así que, mientras que el Reglamento de Ingresos 2002-62 dice en términos inequívocos que no puede haber transferencias no tributables, los PLR que se ocupan de las transferencias en virtud del divorcio han enviado un mensaje diferente consistentemente.
REDUCIR LOS MONTOS DE PAGO
Pero, ¿qué debe hacer el cónyuge que transfiere una vez que la cuenta se divide con su ex cónyuge?
Como se señaló anteriormente, el IRS ha sido flexible. Para empezar, la continuación de los pagos existentes mantiene efectivamente el statu quo del cronograma 72(t). Por supuesto, si alguien está regalando una buena parte del dinero de su cuenta IRA, es posible que desee reducir también sus pagos 72(t) para no liquidar la cuenta IRA a una tasa acelerada y potencialmente peligrosa. Con ese fin, muchos PLR — como el PLR 201030038, el PLR 200052039, el PLR 200717026 y el PLR 200050046-han permitido al ex cónyuge cedente reducir los pagos en proporción a la cantidad transferida a la cuenta IRA del ex cónyuge receptor.
Ejemplo No. 3: Shira y Lance están en las fases finales de un divorcio. Shira, de 57 años, comenzó a tomar distribuciones anuales de 72(t) de $14,000 de su cuenta IRA hace cuatro años, y le quedan 2.5 años para continuar con las distribuciones sin modificaciones hasta que cumpla 59 ½ años.
Como parte del decreto de divorcio, Shira transferirá el 50% de su saldo de IRA actual a Lance. Por lo tanto, con base en la orientación de los PLR disponibles, sería razonable creer que Shira podría reducir sus distribuciones anuales actuales de 1 14,000 a distributions 7,000 por año hasta que alcance los 59½, momento en el que se cumpliría su horario de 72(t) y podría tomar tanto o tan poco como quiera.
Si un ex cónyuge transferente desea reducir aún más sus pagos 72(t) en curso, también podría hacer un cambio único al método RMD, según lo autorizado por la Resolución de Ingresos 2002-62, suponiendo que no estuviera utilizando ya el método RMD.
Por último, cabe señalar que el divorcio nunca es una razón que permita al ex cónyuge transferente dejar de tomar distribuciones 72(t) por completo. Más bien, la opción es simplemente continuar con las distribuciones originales o reducirlas a prorrata. De cualquier manera, las distribuciones de alguna cantidad apropiada deben continuar por un período más largo de cinco años, o hasta que el propietario de la cuenta cumpla 59 ½ años, para que se haya alcanzado el horario 72(t).
EXCLUSIÓN VOLUNTARIA
A lo largo de los años, los PLR también han otorgado flexibilidad a los ex cónyuges que reciben los activos de IRA al determinar qué cantidad, si la hay, deben tomar de sus fondos de IRA recién adquiridos para satisfacer los pagos 72(t) establecidos por su ex cónyuge.
Para aquellos individuos que desean preservar la mayor parte de la cuenta posible, la respuesta más simple también puede ser la más obvia: No tome ninguna distribución si no quiere.
Después de todo, el ex cónyuge que recibió la cuenta IRA recién dividida no configuró el horario 72(t), el ex cónyuge transferente lo hizo. Por lo tanto, el ex cónyuge receptor no está obligado a seguir recibiendo pagos, un hecho confirmado por el IRS en numerosos registros de préstamo público, incluidos los registros de préstamo público 200116056, 200050046 y 200027060.
Dicho esto, si el ex cónyuge receptor es menor de 59 ½ en el momento de la transferencia y necesita ingresos para cubrir sus gastos de subsistencia, es posible que desee continuar tomando distribuciones de alguna manera de la nueva IRA. En PLR como PLR 9739044, el contribuyente receptor le preguntó al IRS si podía continuar tomando su parte del monto del pago original de 72(t), en proporción al monto de la cuenta que recibió. HACIENDA está obligada.
Alternativamente, otra opción para el ex cónyuge receptor es simplemente comenzar un nuevo horario iniciando sus propios pagos de distribución 72(t) independientes, utilizando el saldo de su cuenta corriente y su edad actual. El beneficio de hacerlo es que en ciertas situaciones, por ejemplo, el cónyuge receptor es mucho mayor que el cónyuge transferente cuando comenzó su calendario de pagos inicial de 72(t), podría permitir un aumento en el monto del pago anual.
La desventaja es que al hacerlo, el cónyuge receptor comenzaría un nuevo programa de distribución, que a su vez tendría que durar al menos cinco años, o hasta que cumpliera 59½, si fuera más.
La clave es darse cuenta de que a lo largo de los años se ha acumulado un volumen significativo de orientación no formal en forma de RLP. Y si bien ninguna de estas resoluciones es autorizada para nadie que no sea el contribuyente que inicialmente la buscó, la consistencia de las decisiones del IRS ha arrojado luz sobre cómo ve la división de cuentas durante un divorcio de las cuales se están realizando pagos 72(t).
Contrariamente a su propia guía más formal en el Reglamento de Ingresos 2002-62, el IRS ha autorizado repetidamente a los contribuyentes a realizar transferencias no tributables de una parte de sus saldos de cuentas a ex cónyuges, de conformidad con un decreto de divorcio o acuerdo de separación. Además, el IRS ha dado flexibilidad tanto al cedente como a los ex cónyuges receptores en términos de ajuste de pagos, al darle al cedente la capacidad de reducir los pagos de manera proporcional. El cónyuge receptor tiene la opción de suspender los pagos por completo, continuar con una parte de los pagos existentes o comenzar un nuevo programa 72(t) por su cuenta.
Lo mejor para el contribuyente afectado es buscar su propio derecho de préstamo público del IRS. Sin embargo, dado el tiempo y el costo de tales resoluciones, pocos contribuyentes lo harán. Eso deja a los asesores, CPA y abogados tratando de decidir en qué medida deben confiar en la orientación previa y no autorizada del IRS para basar sus tácticas y decisiones. Eso puede parecer desalentador, pero afortunadamente la línea oficial de facto del partido existe, la mayoría de las veces.
Jeff Levine, CPA / PFS, CFP, MSA, escritor colaborador de Planificación Financiera, es el Empollón Líder de Planificación Financiera en Kitces.com, y Director de Planificación Avanzada de Buckingham Wealth Partners.