Resumen y resultado del caso
El Tribunal Supremo del Canadá sostuvo que el enjuiciamiento de un maestro de escuela secundaria de Alberta por declaraciones antisemitas en su clase constituía una limitación razonable y justificable de la libertad de expresión. James Keegstra, un maestro de escuela secundaria en Alberta, dijo a su clase que los judíos eran malvados y dudaba de la ocurrencia del Holocausto. Fue acusado de promover deliberadamente el odio contra un grupo identificable, a lo que se opuso por motivos de libertad de expresión. El Tribunal confirmó la legislación canadiense en virtud de la cual se acusaba al profesor porque no adolecía de vaguedad ni amplitud, y trató de eliminar el racismo y el odio.
Hechos
En sus clases, Keegstra comunicó a sus estudiantes varias observaciones negativas sobre la comunidad judía. Atribuyó al pueblo judío malas cualidades y expresó dudas sobre la ocurrencia del Holocausto. Keegstra fue acusado en virtud del párrafo 2 del artículo 319 del Código Penal del Canadá por promover deliberadamente el odio contra un grupo identificable por hacer declaraciones antisemitas y de odio a sus estudiantes. Keegstra se opuso alegando que el artículo 319 2) violaba su derecho a la libertad de expresión de conformidad con el Artículo 2 b) de la Carta de Derechos y Libertades del Canadá(Carta).
Resumen de la decisión
El Presidente del Tribunal Supremo Dickson dictó la sentencia mayoritaria del Tribunal Supremo del Canadá. El Tribunal tenía dos cuestiones constitucionales. La primera cuestión era si el párrafo 2 del artículo 319 constituía una violación de la libertad de expresión garantizada en el párrafo b) del Artículo 2 de la Carta. El Tribunal concluyó que era después de aplicar el análisis en dos etapas establecido en un caso anterior del Tribunal Supremo, Irwin Toy Ltd. c. Quebec (Fiscal General).
El primer paso del análisis de juguetes de Irwin requiere determinar si la alegación de violación de la libertad de expresión entra en el ámbito de la Sección 2(b) de la Carta. Bajo este primer paso, la mayoría concluyó que la expresión está protegida cuando intenta transmitir un significado. Dickson afirmó además que el significado o mensaje de la expresión era irrelevante incluso si, como en este caso, promovía públicamente el odio. El segundo paso en el análisis de juguetes de Irwin requiere una determinación de si la acción del gobierno se había tomado para restringir la libertad de expresión. Dickson llegó a la conclusión de que el párrafo 2 del artículo 319 trataba de impedir una expresión en particular y, por lo tanto, satisfacía la segunda parte del análisis.
La segunda cuestión planteada era si la limitación de la libertad de expresión podía sostenerse en virtud del Artículo 1 de la Carta como razonable por ley y justificada en una sociedad libre y democrática. El juicio mayoritario respondió afirmativamente. A este respecto, Dickson adoptó el enfoque utilizado en el caso R. v. Oakes, en el que primero había que establecer que el objetivo de la legislación era de carácter urgente y sustancial. Dickson determinó que el objetivo de la legislación era de hecho apremiante y sustancial porque la expresión que promovía el odio hacia grupos identificables inhibía indebidamente el multiculturalismo en el Canadá.
A este respecto, en la sentencia mayoritaria se hacía referencia a instrumentos internacionales de los que el Canadá es signatario que alientan a los Estados a promulgar leyes contra la promoción del odio. A continuación, la sentencia de la mayoría determinó que el artículo 319(2) cumplía con el requisito de proporcionalidad de la prueba Oakes. Dickson estableció que bajo el requisito de proporcionalidad, había una conexión racional entre el objetivo del Parlamento y la creencia de que el derecho penal es el medio más eficaz para suprimir el daño causado por la propaganda de odio. Además, el párrafo 2 del artículo 319 establece un menoscabo mínimo de la libertad de expresión. La disposición no sufren de vaguedad o amplitud, ya que excluye conversaciones privadas, y el acusado tiene la capacidad de invocar la defensa disponibles en la Sección 319(3). Por último, la sentencia mayoritaria reafirmó la importancia del objetivo de la legislación impugnada de tener una sociedad libre y democrática tratando de eliminar el racismo y el odio.
La opinión disidente del juez McLachlin estuvo de acuerdo con la sentencia mayoritaria de que se había violado la libertad de expresión de conformidad con el Artículo 2 b) de la Carta. Sin embargo, no está de acuerdo en que la limitación de la libertad de expresión sea justificable y razonable en virtud del Artículo 1 de la Carta. McLachlin afirmó que el aspecto penal de la limitación de la libertad de expresión que impone el párrafo 2 del artículo 319 podría producir un efecto disuasorio, principalmente porque podría disuadir la expresión legítima y causar incertidumbre en cuanto a si una expresión en particular podría ser procesada. En la opinión disidente también se rechazaba la idea de que los enjuiciamientos penales podían reducir la propaganda racista y de odio. Finalmente, McLachlin sostuvo que las limitaciones establecidas en el artículo 319(2) adolecen de vaguedad y amplitud.