Poderes judiciales del Presidente

El Presidente también goza de poderes judiciales. Está facultado para conceder indultos, indultos, suspensión, remisión o condonación de una pena o sentencia por un consejo de guerra. Se puede pedir el indulto del Presidente para cualquier sentencia de muerte.

El Presidente de la India está investido de los siguientes poderes judiciales por la Constitución

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Facultades de indulto del Presidente

El artículo 72 faculta al Presidente para conceder indultos a las personas que hayan sido juzgadas y condenadas por cualquier delito en todos los casos en que

– La pena o sentencia se aplique a un delito tipificado en una ley central

– La pena o sentencia dictada por un tribunal Marcial

– La pena de muerte

El Presidente está investido de los siguientes tipos de facultades de indulto en virtud del artículo 72:

El indulto libera a un condenado de todos los cargos, es decir, se elimina por completo la condena del condenado.

Conmutación: una forma de castigo se sustituye por otra, es decir, se cambia la naturaleza del castigo. Por ejemplo, la pena de muerte de un condenado puede conmutarse por una pena de prisión rigurosa.

Competencia – la duración de la pena se reduce sin cambiar la naturaleza de la pena. Por ejemplo, los 10 años de reclusión de un condenado se remiten a 7 años de reclusión.

Indulto: la ejecución de una sentencia se suspende temporalmente. Por ejemplo, la sentencia de muerte de un condenado se aplaza ya que su petición de clemencia está pendiente en la oficina del Presidente.

Respiro-la sentencia se reduce o la naturaleza de la sentencia se cambia por una razón especial. Por ejemplo, a un condenado se le puede conceder un respiro de la reclusión si es un paciente terminal.

La Constitución, en su artículo 161, también faculta al Gobernador de un Estado a indultar, conmutar, remitir, suspender y suspender las sentencias. Sin embargo, hay varias diferencias entre las facultades de indulto del Presidente y del Gobernador que se enumeran a continuación:

– Mientras que el Presidente puede indultar las sentencias impuestas por una ley central, el Gobernador puede indultar las sentencias impuestas en virtud de la ley estatal

– El Presidente puede indultar una sentencia de muerte, mientras que el Gobernador no puede indultar una sentencia de muerte incluso si se impone en virtud de la ley estatal

– El Presidente puede indultar una sentencia de corte marcial, pero el Gobernador no tiene esa facultad

Jurisdicción consultiva de la Corte Suprema

El artículo 143 faculta al Presidente para remitir cualquier asunto sobre cualquier cuestión de hecho o de derecho sobre un asunto de importancia pública y solicitar su Consejo. El Tribunal Supremo puede o no prestar asesoramiento al Presidente, salvo si la cuestión se refiere a controversias federales, especialmente las derivadas de acuerdos preconstitucionales. En otras palabras, el Tribunal Supremo tiene el deber de ofrecer asesoramiento sobre todos los asuntos relacionados con las controversias federales, cuando lo remita el Presidente. Sin embargo, el consejo ofrecido por el Tribunal Supremo no es vinculante para el Presidente, que tiene total discreción para considerarlo o no.

Deepika Reddy, Directora de la Academia Shikara

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